LA EXIGENCIA POR PARTE DEL TRABAJADOR DE RESPONSABILIDAD PENAL Y CIVIL DEL EMPRESARIO EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO

La exigencia de responsabilidad penal y civil a los empresarios por accidentes de trabajo es un supuesto de hecho de gran actualidad en el ámbito del mundo laboral, debido a que cualquier accidente, más o menos, grave -en su vertiente de falta de medidas de seguridad que provocan un accidente laboral- puede ser considerado un delito contra los derechos de los trabajadores, con penas de prisión, multa e incluso la inhabilitación para el ejercicio de la profesión de empresario por el tiempo que dure la condena.

En efecto, tras un accidente de trabajo, y con independencia de que el empresario pueda ser sancionado por la Administración cuando incumpla las obligaciones que impone la legislación laboral, entran en juego las posibles responsabilidades penales y civiles con la condena al pago de importantes indemnizaciones, y que el trabajador accidentado o sus herederos pueden exigir judicialmente al empleador.

En este particular resulta muy ilustrativo el Auto nº 140/2022 de la Sección 3ª de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, de fecha 13 de mayo de 2022, y que se hace eco de la doctrina de nuestro Tribunal Supremo en cuanto a las personas que pueden ser responsables penal y civilmente en un accidente de trabajo, y que establece que “el propio Tribunal Supremo se ha encargado de señalar que en el mundo laboral todos los que ostentan mando o dirección técnicos o de ejecución, y tanto se trate de mandos superiores como subalternos, están inexcusablemente obligados a cumplir cuantas prevenciones establece la legislación de trabajo para evitar accidentes laborales y para preservar y tutelar la vida, la seguridad y la integridad de los trabajadores, tanto si ejercen estas funciones reglamentariamente como si las actúan de hecho, incurriendo en responsabilidad penal si, en el cumplimiento de tales deberes, se muestran remisos o indolentes y con dicha conducta causan o contribuyen a la causación de un resultado dañoso o a una situación de grave peligro.”

Las indemnizaciones a abonar al trabajador o a sus herederos en caso de accidente de trabajo suelen estar cubiertas por las pólizas de seguros de responsabilidad civil, pero, en muchos de los casos, el límite previsto en dichas pólizas no llega a cubrir la indemnización que se fija en la Sentencia o que, en su caso, acuerden trabajador y empresario en el seno de una negociación, corriendo a cargo de la empresa el exceso de dicho límite.

Por todo ello, es muy recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en accidentes laborales para iniciar y tramitar el proceso de reclamación. Un profesional del derecho puede guiar al trabajador en la recopilación de pruebas, la elaboración de la denuncia ante la jurisdicción penal, y el seguimiento del procedimiento en defensa de sus derechos con la finalidad principal de obtener una indemnización ajustada a derecho y que le resarza plenamente.

En efecto, y como continuación de lo anterior, es muy importante que el trabajador accidentado o, en su caso, sus herederos, se personen como acusación particular con Abogado que les defienda y Procurador que les represente en el procedimiento penal que se pondrá en marcha como consecuencia del accidente de trabajo, tanto frente al empresario y/o a otros posibles responsables del accidente, como frente a las aseguradoras que tengan cubierto el siniestro en cuestión, y ello en orden a depurar responsabilidades y lograr la mejor indemnización posible para el accidentado en el seno del procedimiento a tramitar ante la jurisdicción penal, en el que el Abogado, entre otras cosas, cuantificará -con precisión y detalle- el montante de la referida indemnización en función de las circunstancias personales del accidentado y de sus familiares (días de perjuicio personal, secuelas, perjuicio estético, pérdida de calidad de vida, lucro cesante, etc.) que establece la Ley a tal efecto, para, seguidamente, reclamar dicha indemnización en el procedimiento judicial, o bien a través de una negociación, y todo ello con las máximas garantías para su cliente.

Desde las Áreas de Derecho Penal y Laboral de BORES Y CÍA ABOGADOS, quedamos a su disposición para cualquier aclaración o información que puedan precisar en relación con el contenido y alcance de la presente nota informativa.

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