El TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID OBLIGA A HACIENDA A DEVOLVER LA TRIBUTACIÓN POR IRPF DE UNA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en Sentencia de fecha 6 de julio de 2016, falla a favor de una contribuyente acordando la devolución de la tributación en IRPF de una prestación por maternidad.
Esta sentencia contradice el criterio seguido por Hacienda y mantenido en vía administrativa, ya que el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid, había desestimado la petición de la demandante, por entender que esas rentas estaban sujetas como “rendimientos del trabajo”, sin embargo, el TSJM en su sentencia afirma que la prestación debe quedar forzosamente incluida en el artículo 7 h) de la Ley de IRPF, por lo que dicha renta quedaría exenta.
No obstante, el efecto de esta sentencia se ciñe al caso concreto, aunque posibilita que otros contribuyentes puedan reclamar la devolución por este mismo concepto en relación a los periodos no prescritos, es decir, con carácter general, desde el IRPF del ejercicio 2012.
El procedimiento a seguir para reclamar dichas cantidades consistiría en presentar una solicitud de rectificación de la autoliquidación del IRPF correspondiente. No obstante, para las mujeres que hayan sido madres en el ejercicio 2016, se aconseja incluir dichas prestaciones en la autoliquidación del IRPF y en su caso, posteriormente presentar una solicitud de rectificación, para de este modo, evitar la posible sanción administrativa de Hacienda por dejar de declarar las citadas prestaciones.
Es importante señalar que el criterio del TSJM no crea jurisprudencia, existiendo por tanto la posibilidad de encontrarnos con criterios distintos.
Nos ponemos a su disposición para cualquier cuestión que puedan necesitar en relación a este asunto.
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