PRINCIPALES NOVEDADES FISCALES 2024 CONTENIDAS EN EL REAL DECRETO-LEY ÓMNIBUS N.º 8/2023, DE 27 DE DICIEMBRE.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS.-

  • Prórroga de los límites excluyentes del método de estimación objetiva para 2024 y en el régimen de IVA simplificado y del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca en el ejercicio 2024.
  • Prórroga de la deducción por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas.
  • Obligación de declaración a través de medios electrónicos. También se recoge dicha obligación para el Impuesto sobre el Patrimonio y para el Impuesto sobre la Solidaridad de Grandes Fortunas

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.-

  • Prórroga de la libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO.-

  • Prórroga del tipo impositivo de las pastas y el aceite de oliva (5%) y de alimentos de primera necesidad (0%)
  • Tipo impositivo del 5% en las entregas de energía eléctrica, gas natural, “pellets”, y leña. 

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD.-

  • Reducción del tipo impositivo: desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de marzo de 2024, el Impuesto se exigirá al tipo impositivo del 2,5%, y, desde el 1 de abril de 2024 hasta el 30 de junio de 2024, al tipo impositivo del 3,8%.

IMPUESTO SOBRE EL VALOR DE LA PRODUCCIÓN DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA.-

  • Determinación de la base imponible y del importe de los pagos fraccionados durante el ejercicio 2024.

IMPUESTO TEMPORAL DE SOLIDARIDAD DE LAS GRANDES FORTUNAS

  • Base liquidable: se extiende el mínimo exento de 700.000 euros a todos los sujetos pasivos del impuesto, con independencia de que sean o no residentes en España.
  • Prórroga de la aplicación del impuesto: se prorroga la aplicación del Impuesto en tanto no se produzca la revisión de la tributación patrimonial autonómica.

IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

  • Nuevos coeficientes para el cálculo del método objetivo de cálculo de la base imponible.

GRAVÁMENES TEMPORALES ENERGÉTICO Y DE ENTIDADES DE CRÉDITO Y ESTABLECIMIENTOS FINANCIEROS DE CRÉDITO. PRÓRROGA.

RÉGIMEN ECONÓMICO Y FISCAL DE CANARIAS:

  • Modificaciones en la Reserva para inversiones en Canarias y Zona Especial Canaria y derogación de la condicionalidad de las medidas adoptadas en el marco del Régimen Económico y Fiscal de Canarias por el RDL 31/2021 (disp. derogatoria única RDL 8/2023)

Desde el Área de Derecho Tributario de BORES Y CÍA ABOGADOS, quedamos a su disposición para cualquier aclaración o información que puedan precisar en relación con el contenido y alcance de la presente nota informativa.

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