VULNERACIÓN DE DERECHO FUNDAMENTALES EN INTERROGATORIOS DURANTE REGISTROS TRIBUTARIOS.

Recientemente, el Tribunal Supremo ha dictado una relevante sentencia en materia tributaria, donde se estima que el interrogatorio de directivos y empleados sin preaviso, llevado a cabo durante un registro domiciliario por parte de la Administración Tributaria, vulnera el derecho fundamental a un proceso con todas las garantías.

Este criterio ha sido expuesto en la Sentencia de 2 de julio de 2024, recurso nº5831/2023.

  1. Supuesto de Hecho

En el curso de un procedimiento de inspección tributaria, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) solicitó autorización judicial para la entrada y registro en el domicilio del recurrente, autorización que fue concedida por auto. El objetivo de estas actuaciones debía centrarse en el examen de libros y registros contables, así como de información en soporte informático y archivos físicos que incluyeran contratos, facturas y otra documentación de relevancia tributaria.

Sin embargo, durante la práctica del registro domiciliario, los funcionarios de la AEAT procedieron a interrogar, de manera individual y sin previo aviso, a los directivos y empleados de la entidad mercantil inspeccionada. Estos interrogatorios abordaron tanto las actividades de la empresa como las responsabilidades de los trabajadores en relación con su desempeño laboral, todo ello en el marco de una liquidación vinculada a delito.

  • Cuestión debatida.

La cuestión que se debate es si la AEAT estaba legitimada para realizar los interrogatorios sin preaviso, teniendo en cuenta que dicha actuación no esta recogida en el auto de autorización, además se analiza si ello contraviene a los artículos 18.2 (inviolabilidad del domicilio) y 24 (derecho a la tutela judicial efectiva) de la Constitución.

  • Criterio del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha estimado que la actuación de la AEAT, al interrogar sin preaviso y durante el curso del registro domiciliario, vulnera el derecho fundamental a un proceso con todas las garantías. La Sala ha señalado que, aunque la obtención de material probatorio no necesita autorización judicial fuera del domicilio, los interrogatorios en tales circunstancias deben ajustarse a los principios de proporcionalidad y buena fe, respetando en todo momento las garantías del obligado tributario.

El verdadero problema no radica en la legalidad del registro en sí, sino en si los interrogatorios sorpresivos realizados durante el mismo socavan las posibilidades de defensa del contribuyente, al imponer una atmósfera intimidatoria que favorece la obtención de información en detrimento de las garantías procesales.

  • Conclusión: Nulidad de las actuaciones

La sentencia subraya que este tipo de interrogatorios, realizados sin las debidas garantías, están incursos en causa de nulidad radical, ya que la AEAT prescindió de los procedimientos legales establecidos para interrogar a personas. Además, una actuación de este tipo coloca al contribuyente en una posición de debilidad injustificada, comprometiendo su derecho a una defensa plena en eventuales procedimientos contencioso-administrativos o penales.

El Tribunal Supremo reafirma la necesidad de que las actuaciones de la Administración Tributaria respeten en todo momento los principios de proporcionalidad y buena fe, evitando actuaciones sorpresivas que comprometan los derechos de defensa del inspeccionado.

Por tanto, habrá que tener en cuenta este criterio, sobre todo en las sociedades que se constituyan a finales de un ejercicio, que tengan problemas con la inscripción no inscribiéndose hasta el siguiente ejercicio y realicen operaciones económicas durante ese periodo.

Accede al contenido de la Sentencia de 2 de julio de 2024, recurso nº5831/2023:

https://www.poderjudicial.es/search/TS/openDocument/8784c1e5b34e298ea0a8778d75e36f0d/20240711

Desde el Área de Derecho Tributario de BORES Y CÍA ABOGADOS, quedamos a su disposición para cualquier aclaración o información que puedan precisar en relación con el contenido y alcance de la presente nota informativa en los procedimientos tributarios.

Otros artículos
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.